Límite de responsabilidad


SUPERVISIÓN

Queda entendido y convenido entre las partes que KLA desempeña las funciones de mandatario remunerado del comitente, para efectuar en su nombre las gestiones destinadas a supervisar las operaciones de comercio exterior descritas en el presente instrumento. En consecuencia la responsabilidad de KLA queda expresamente limitada al cumplimiento del encargo de efectuar dichas gestiones, conforme a las normas pertinentes del Código de Comercio de Chile y no al resultado material de las mismas. Por lo tanto, cualquier daño, pérdida, merma o retraso en la entrega de las mercaderías es de responsabilidad exclusiva del transportador o agente que esté encargado de la conducción de la carga, o bajo cuya responsabilidad se encuentren. Por su parte, la responsabilidad por los costos, gastos, derechos y eventuales multas derivados de dichas gestiones y operaciones, corresponde única y exclusivamente al comitente.

RIESGOS INHERENTES A LA IMPORTACIÓN

Toda mercancía, independiente de su naturaleza, forma, tamaño y composición está expuesta a riesgos inherentes al proceso de una importación, tales como huelgas portuarias, paro servicios públicos, accidente del modo transporte (Camión, Barco, Avión), merma, daño o pérdida de la carga, retraso en la entrega de la carga, extravío de documentación, fuerza mayor y eventos de la naturaleza, no cabiéndole a KLA responsabilidad alguna por la eventual ocurrencia y/o los perjuicios y gastos adicionales en que se pueda incurrir.

Las partes declaran que los servicios prestados por KLA se limitan exclusivamente a la importación dedicada de bienes para terceros, cuyas  fichas técnicas o especificaciones hayan sido dadas por el comitente con antelación a la importación. Dentro de los servicios se incluye la liquidación de los gastos aduaneros y el pago de los impuestos que correspondan. Asimismo, las partes declaran que en caso de que algunos de los bienes adolezcan de fallas en su funcionamiento, calidad y operatividad imputables al fabricante, al transportista o cualquiera otro tercero, en ningún caso serán de responsabilidad de KLA.

MANEJO DE DOCUMENTOS

Los documentos originales, tales como Factura Comercial, Lista de Empaque, Conocimiento de Embarque, Certificados de Origen, etc., son esenciales para cualquier operación de comercio exterior. Por lo tanto, cualquier pérdida o retraso en la entrega de estos documentos al respectivo Agente de Aduana que tramite la declaración aduanera correspondiente es de exclusiva responsabilidad del interesado (consignatario o exportador) no cabiéndole responsabilidad alguna a KLA.

AGENCIA DE ADUANAS

El agente se aduana que intervenga en las operaciones de comercio exterior que sean objeto del presente mandato, será seleccionado y contratado libremente por el comitente. En el caso de que se proporcionen datos de contacto de agentes de aduanas, esto será sólo como aporte a la facilitación del proceso, pero en ningún caso constituirá una recomendación. Por lo tanto, el comitente no podrá solicitar a KLA realizar actos de intermediación ni gestión alguna en tal sentido.

TRÁMITES PARA LA COMERCIALIZACIÓN

Cabe mencionar que es de exclusiva responsabilidad del comitente interiorizarse de las condiciones y restricciones que existen para cada uno de los Tratados de Libre Comercio o Acuerdos Comerciales que Chile ha firmado con diferentes países, así también como de hacer las presentaciones en forma anticipada y oportuna ante los Organismos Públicos competentes (Ej. SNS, SAG, ISP, etc.) para la aprobación final de la comercialización del producto en Chile.


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